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Art. 14

Causales de vacancia del cargo de miembro del consejo directivo o del presidente ejecutivo

14.1

La vacancia de los miembros del consejo directivo o del presidente ejecutivo del OECE se produce por las siguientes causales:

a)

Renuncia al cargo.

b)

Fallecimiento.

c)

Incapacidad física o mental permanente.

d)

Condena por delito doloso, mediante sentencia consentida o ejecutoriada.

e)

Inhabilitación administrativa firme o que haya adquirido la calidad de cosa decidida o inhabilitación judicial consentida o ejecutoriada.

f)

Vencimiento del período de designación.

g)

Inasistencia injustificada a tres sesiones del consejo directivo consecutivas o a cinco no consecutivas, en el período de un año.

h)

Incompatibilidad sobreviniente al cargo.

14.2

La declaración de vacancia del cargo de miembro del consejo directivo o del presidente ejecutivo se formaliza mediante resolución suprema refrendada por el ministro de Economía y Finanzas.