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Art. 47

Interacción con el mercado

47.1

A través de la interacción con el mercado, las entidades contratantes determinan la existencia de oferta y competencia, perfeccionan su requerimiento, estiman el presupuesto requerido para la contratación y el mecanismo de contratación estratégica o procedimiento de selección más idóneo para proveerse de bienes, servicios u obras.

47.2

El reglamento establece los mecanismos y criterios de la interacción con el mercado.