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Art. 125Modificado

Segmentación de contrataciones de bienes y servicios

125.1

En el caso de bienes y servicios, incluyendo las consultorías en general, la entidad contratante realiza la segmentación de las contrataciones según su cuantía y riesgos, considerando las siguientes categorías:

a)

Rutinarios: contrataciones de baja cuantía y bajo riesgo.

b)

Operacionales: contrataciones de alta cuantía y bajo riesgo.

c)

Críticos: contrataciones de baja cuantía y alto riesgo.

d)

Estratégico: contrataciones de alta cuantía, y alto riesgo.

125.2

Texto modificado: Las contrataciones se consideran de alta cuantía cuando su cuantía establecida en el PAC del CMN vigente al momento que se realiza la segmentación supera el 10% del monto total para las contrataciones de bienes y servicios contempladas en éste. Este monto total incluye las contrataciones correspondientes a los catálogos electrónicos de acuerdo marco y procedimientos de selección no competitivos, los cuales no se segmentan.

Modificado · Modificado por el artículo 2 del Decreto Supremo N.° 001-2026-EF, publicado el 8 de enero de 2026.

125.3

Texto modificado: Una contratación se considera de alto riesgo cuando existe la posibilidad que el procedimiento de selección tenga poca competencia debido a que se cumple alguna de las siguientes condiciones: i) que en los dos últimos años previos a la convocatoria, un procedimiento de selección para contratar dicho objeto haya sido declarado desierto, ii) que el promedio de postores para objetos contractuales similares en los dos últimos años previos a la convocatoria, haya sido menor o igual a tres en el caso de bienes, o igual o menor a dos en el caso de servicios,

Modificado · Modificado por el artículo 2 del Decreto Supremo N.° 001-2026-EF, publicado el 8 de enero de 2026.

iii)

Texto modificado: que debido a las características o especialización del bien o servicio su disponibilidad es limitada en el mercado, o iv) se trate de un bien o servicio que no haya sido contratado anteriormente por la entidad contratante.

Modificado · Modificado por el artículo 2 del Decreto Supremo N.° 001-2026-EF, publicado el 8 de enero de 2026.

125.4

La estrategia de contratación de las contrataciones rutinarias y operacionales se orienta principalmente en la atención oportuna y la reducción de costos, mientras que la de los estratégicos y críticos se orienta principalmente a disminuir los riesgos en el proceso de contratación.