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Art. 161Modificado

Modalidades de pago en ejecución para obras y consultoría de obras

161.1

Las modalidades de pago que pueden ser empleadas para la contratación de obra bajo los sistemas de entrega de solo construcción, diseño y construcción y las consultorías de obras distintas a supervisión de obras son:

a)

Suma alzada

b)

Precios unitarios

c)

Esquema mixto

d)

Costo reembolsable

161.2

Texto modificado: Para la supervisión de la elaboración del expediente técnico y la supervisión de la ejecución de obra se utiliza la modalidad de pago por tarifas o el esquema mixto.

Modificado · Modificado por el artículo 2 del Decreto Supremo N.° 001-2026-EF, publicado el 8 de enero de 2026.