Art. 60
Cláusulas obligatorias en contratos
Los contratos regulados por la presente ley incluyen obligatoriamente, y bajo responsabilidad, como mínimo, las siguientes cláusulas:
a)
Garantías.
b)
Cláusula anticorrupción y antisoborno.
c)
Solución de controversias.
d)
Resolución de contrato por incumplimiento.
e)
Gestión de riesgos.
