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Art. 82Modificado

Consentimiento del otorgamiento de la buena pro

82.1

Texto modificado: Cuando se hayan presentado dos o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se produce y registra en la Pladicop al día siguiente de vencido el plazo correspondiente para interponer recurso de apelación, sin que los postores hubieran ejercido ese derecho.

Modificado · Modificado por el artículo 2 del Decreto Supremo N.° 001-2026-EF, publicado el 8 de enero de 2026.

82.2

Texto modificado: En caso de que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento y se registra en la Pladicop al día siguiente.

Modificado · Modificado por el artículo 2 del Decreto Supremo N.° 001-2026-EF, publicado el 8 de enero de 2026.

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