Art. 56
Declaratoria de desierto
56.1
Los procedimientos de selección quedan desiertos cuando no se valide ninguna oferta. La declaración de desierto, en la comparación de precios y la subasta inversa electrónica, se rige por lo señalado en el reglamento.
56.2
El reglamento establece el procedimiento de selección por utilizar luego de una declaratoria de desierto.
