Art. 350
Funciones de la JPRD
La JPRD cumple las siguientes funciones:
a)
Asistir a las partes en la prevención de desacuerdos.
b)
Emitir opinión consultiva respecto de algún aspecto contractual y/o técnico que constituya una potencial controversia.
c)
Emitir decisiones vinculantes para las partes respecto de controversias.
d)
Otras que se establezcan en el contrato tripartito.
