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Art. 350

Funciones de la JPRD

La JPRD cumple las siguientes funciones:

a)

Asistir a las partes en la prevención de desacuerdos.

b)

Emitir opinión consultiva respecto de algún aspecto contractual y/o técnico que constituya una potencial controversia.

c)

Emitir decisiones vinculantes para las partes respecto de controversias.

d)

Otras que se establezcan en el contrato tripartito.