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Art. 61

Impedimentos para ser designado como evaluador

Se encuentran impedidos para ser designados evaluadores:

a)

El titular de la entidad contratante.

b)

La autoridad de la gestión administrativa.

c)

L os servidores que cuentan con atribuciones de control o fiscalización tales como regidores, consejeros regionales, directores de empresas, auditores, entre otros.

d)

Los servidores o funcionarios a los que se hubiera delegado la aprobación del expediente de contratación o la designación del jurado o comité. Este impedimento se circunscribe al proceso de contratación en el que han efectuado las acciones antes mencionadas.